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jueves, 20 de marzo de 2014

DE 20 A 50 AÑOS DE CÁRCEL A FEMINICIDAS



“Legislar para proteger la vida de las mujeres en situación de violencia”. Dip. Nereida Fuentes González.


Dip. Nereida Fuentes propuso ante el Congreso reformas al Código Penal para sustentar el delito contra las mujeres.

Mexicali, B.C., 20 de Marzo de 2013.- Debido a la ambigüedad que presentaba la implementación del Artículo 29 del Código Penal de Baja California, emitida por la Legislatura del Estado en el año 2012 y que no permitía tipificar claramente el delito de feminicidio, es que la Diputada Nereida Fuentes González emitió una iniciativa con proyecto de decreto en ese sentido.

    Ante el Pleno del Congreso del Estado, la Diputada Fuentes González, sustentó su proposición debido a que se han detectado en las estadísticas de la Procuraduría General de Justicia del Estado, casos de asesinatos con violencia extrema en contra de mujeres, antes y después de reformado el documento legal, no hay hasta el momento un solo expediente que contemple el delito en mención; esto porque la redacción del artículo, no permitía a los impartidores de justicia saber con exactitud en qué momento aplicar el delito de feminicidio o en contraparte un homicidio doloso.

   La Legisladora, en su exposición argumenta que en el 2004 Baja California ocupó el quinto lugar a nivel nacional en homicidios dolosos, a la par que el Estado de Chihuahua. La PGJE informó que del periodo de 1999 al 2004, 191 niñas desde los 40 días de nacidas y mujeres hasta de 98 años, fueron asesinadas de manera dolosa, y del agresor se desconoce su paradero, que hubo violencia antes, durante y después de la muerte de la niña o la mujer. Hay formas extremas de odio, saña, humillación, incluidas violencia sexual y mutilaciones, no se informa cual es el móvil del asesinato.

   Regularmente la muerte de las mujeres es calificada por la autoridad como muertes “pasionales”, conteniendo dicha afirmación prejuiciosa, que en la mayoría de los casos dificulta la investigación. Sin embargo existe la normatividad que defienden los derechos humanos de las mujeres, participan y promueven el interés y medidas de solución a esta gran problemática en coordinación con las autoridades respectivas.

   Por ello y atendiendo la urgente necesidad de aclarar dicho tema, es que en conjunto con especialistas en la materia se optó por plantear la modificación legal, para quedar de esta manera.
Declara Nereida Fuentes que con la firme convicción de legislar para proteger la vida de las mujeres en situación de violencia, de acatar los diversos ordenamientos jurídicos internacionales y nacionales para prevenir, atender y sancionar la violencia hacia las mujeres, se requiere acabar con la impunidad en los delitos cometidos hacia las mismas;  por ello y después de hacer un análisis de la redacción del tipo de feminicidio, considero debe ser modificado para tener una definición más clara del tipo penal, agregándole conductas de los diferentes tipos de violencia, así como aquellas que evidencian la vulnerabilidad de la mujer frente a su agresor.

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