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viernes, 3 de mayo de 2013

EL EJECUTIVO DEBERÁ ABRIR ASILOS PARA ADULTOS MAYORES





Además las oficinas gubernamentales deberán establecer ventanillas especiales para este sector de la sociedad

    Mexicali, B.C. viernes 3 de mayo de 2013.- El Congreso del Estado aprobó una serie de reformas a la Ley de los Derechos, Protección e Integración de las Personas Adultas Mayores, que incluye la instalación de asilos para personas de la tercera edad.

Esta reforma que modifica los artículos 17 y 20 de la citada Ley, así como los 34 y 54 de la Ley para las Personas con Discapacidad en el Estado, tiene por objeto que el Ejecutivo Estatal, en el ámbito de su competencia, aporte los recursos materiales, humanos, técnicos y financieros para la construcción y apertura de asilos públicos.

Asimismo, se establece que toda institución pública que brinde servicios a la ciudadanía, cuente con una ventanilla de atención preferente para las personas adultas mayores.

Esto último forma parte de un segundo resolutivo del dictamen 162 de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos constitucionales, el cual fue sometido a la consideración del Pleno por el Presidente de este órgano técnico, Diputado Juan Montejano de la Torre.

Además, con la modificación al artículo 34 se establece que los Ayuntamientos, en sus respectivos ámbitos de competencia, establecerán ventanillas de atención preferente para las personas con discapacidad.

También se creó un artículo 44 bis, para establecer que le corresponde a la Secretaría de Desarrollo Económico el proponer la implementación de medidas fiscales y no fiscales, que incentiven la contratación de personas adultas mayores.

Asimismo se instituyó que se deberá promover que en los proyectos de inversión, a que se refiere la Ley de Fomento a la Competitividad y Desarrollo Económico para el Estado, se comprenda la contratación de personas adultas mayores, e Impulsar cualquier tipo de medida, con el fin de que el sector empresarial otorgue más y mejores prestaciones laborales para las personas adultas mayores.

El Decreto fue turnado al Ejecutivo del Estado para su revisión, a fin de que lo mande publicar en el Periódico Oficial del Estado para que entre en vigor.

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