CONGRESO APRUEBA EL MANEJO PRESUPUESTAL DE DIEZ ENTIDADES

Sin embargo todas las cuentas públicas fueron enviadas a la Contraloría o Sindicatura por adolecer de irregularidades
                                  
Mexicali, B. C., martes 10 de julio de 2012.- El Congreso del Estado aprobó el manejo presupuestal de diez entidades fiscalizadas con respecto a la Cuenta Pública del ejercicio fiscal de 2010.
Los dictámenes correspondientes a las entidades revisadas, emitidos por la Comisión de Fiscalización del Gasto Público que preside el Diputado Juan Vargas Rodríguez, fueron puestos a consideración de la Asamblea durante la sesión ordinaria de este martes y aprobados por unanimidad.
En ellos se dan por aprobadas las cuentas públicas de Ingresos, Egresos y Patrimonial, pero en virtud de que el Órgano de Fiscalización Superior del Estado anotó una serie de observaciones en cada una de ellas, se determinó enviar los respectivos expedientes a la Dirección de Control y Evaluación Gubernamental del Estado.
En este orden de ideas, los Congresistas locales dieron el visto bueno con su voto al manejo presupuestal que hicieron el Colegio de Bachilleres del Estado, Promotora para el Desarrollo de las Comunidades Rurales y Populares de Tijuana, Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado, Fideicomiso Público para la Promoción Turística de Tijuana y Universidad Tecnológica de Tijuana. Todas estas cuentas fueron enviadas a la Contraloría del Estado.
Igual suerte corrieron: Patronato del Parque Vicente Guerrero, Instituto Municipal de Arte y Cultura y Consejo de Urbanización Municipal, todas ellas de Mexicali, por lo que sus respectivas cuentas públicas serán turnadas a la sindicatura de este Municipio.
Además se aprobaron las cuentas del Comité de Turismo y Convenciones de Playas de Rosarito y del Instituto Municipal de la Juventud de Tecate. En todos estos casos, los respectivos expedientes se turnarán con las observaciones correspondientes a fin de que se tomen las medidas legales necesarias y se informe a esta Soberanía la resolución adoptada, en un plazo que no exceda de 60 días.