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sábado, 14 de febrero de 2015

PROPONE DIPUTADA LAURA TORRES REFORMAR CÓDIGO PENAL DE BC



  • Se tipifica como delito “Simulación de Ingresos” para cumplir con obligaciones alimentarias
  • Pretende que padres desobligados no perjudiquen a sus  hijos  al registrar en complicidad con sus patrones, ingresos menores a los reales
·         Establece prisión de 2 a 5 años y pago de todas las cantidades que por concepto de alimentos no se otorgan conforme a la Ley

Mexicali, B.C., jueves 12 de enero de 2015.- La Diputada Laura Torres Ramírez presentó una Iniciativa de reforma al Código Penal para el Estado de Baja California, para que se tipifique como delito la “Simulación de Ingresos” para cumplir con las obligaciones alimentarias.
Con esta enmienda al artículo 236 Bis de dicho Código, se trata de disminuir este tipo de casos en los que los deudores alimentarios en complicidad con los patrones, registran ingresos menores a los realmente perciben, en perjuicio de la familia y particularmente de los hijos menores de edad, que requieren de un desarrollo digno.  
En dicho artículo, se establece que se impondrá prisión de 2 a 5 años, así como al pago de todas las cantidades que por concepto de alimentos hubiere dejado de ministrar correctamente conforme a lo dispuesto por la Ley.
De esta forma, el delito de “Simulación de Ingresos” se perseguirá por querella de la parte ofendida o de su legítimo representante y a falta de éste, el Ministerio Público procederá de oficio, a reserva de que se promueva la designación de un tutor especial.
Con ello, dijo Laura Torres que ya no funcionará el pedir al patrón que esconda una parte del sueldo para darle una cantidad menor a la familia, al ser una conducta que es necesario sancionar para desinhibir su práctica en detrimento de los deudores alimentarios. 

Señaló que actualmente en el mejor de los casos, los padres convienen el establecimiento de los derechos y obligaciones con respecto a los hijos menores de edad, pero en un alto índice los hechos nos presentan la cruel realidad de incumplimiento de estas, que por su naturaleza son de carácter irrenunciable, como lo es el proporcionar alimentos.

La Legisladora dijo que uno de los problemas sintomáticos no sólo de Baja California, sino del resto del país, es la alta incidencia de las controversias del orden familiar que trae como consecuencia la ruptura del vínculo matrimonial o bien la separación de la pareja.

Agregó que el impacto que estos hechos producen, se ven magnificados en los casos de la existencia de hijos menores que quedan en situación desprotegida.

De acuerdo con el Código Civil vigente, estas obligaciones comprenden además de la comida, el vestido, la habitación y la asistencia en caso de enfermedad, así mismo respecto de hijos menores, se incluyen los gastos necesarios para la educación básica obligatoria del alimentista y para proporcionarle algún oficio, arte o profesión honestos y adecuados a su sexo y circunstancias personales.

“En ese contexto hay padres incumplidos que sin razón alguna, se niegan a cumplir voluntariamente con el otorgamiento de alimentos a sus hijos menores, siendo que la ley de la materia mandata que están obligados a dar alimentos a sus hijos y a falta o por imposibilidad de éstos, la obligación recae en los demás ascendientes por ambas líneas que estuvieren más próximos en grado”, concluyó.

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