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viernes, 5 de diciembre de 2014

PROPONEN INCORPORAR ELCONCEPTO DE “ALIMENTOS PRE NATALES”


·         La fracción parlamentaria del PAN propuso reformar el Código de  Procedimientos Civiles
Mexicali, B. C. jueves 4 de diciembre de 2014.- La fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional (PAN) propuso reformar el artículo 926 del Código de Procedimientos Civiles del Estado, con la finalidad de proteger al nuevo ser desde el momento de su concepción.
La iniciativa de reforma fue presentada en tribuna por la diputada Mónica Bedoya Serna, a nombre del grupo parlamentario del PAN, durante la sesión ordinaria de la Vigésima Primera Legislatura, celebrada este jueves bajo la presidencia del diputado David Ruvalcaba Flores
La congresista expuso que la tutela legal efectiva no solo debe abarcar la protección de los derechos de los hijos, sino que también debe incluirse a los no natos, tanto en las normas  sustantivas como adjetivas, a través de “efectivas y enérgicas medidas cautelares”, además de una segura ejecución de las resoluciones y las garantías  procesales consagradas en el artículo 4  de la Constitución Federal y 8 de la local.
Bedoya Serna destacó la importancia de incorporar el concepto de “alimentos pre-natales” a la legislación local y recordó: “En parte ya lo hicimos al presentar ante este Pleno iniciativa con proyecto de decreto a fin de reformar los artículos 300 y 305 del Código Civil estatal, para establecer que los padres están obligados a dar alimentos a sus  hijos desde el momento en que son concebidos, por lo que ahora es preciso establecer la forma de hacer que se cumpla con dicha obligación de una manera efectiva con medidas cautelares precisas que hagan posible el ejercicio de la acción ante los  tribunales jurisdiccionales, no solo  en beneficio directo de la madre preñada sino también  del ser concebido no nacido”, abundó.
La diputada Bedoya sostuvo que las principales personas que tienen derecho a percibir alimentos son: los menores de edad, las personas declaradas en estado de interdicción, y como ya se mencionó, los concebidos no nacidos por conducto de su madre.
Para rematar, agregó que por esa razón es de vital importancia incorporar el concepto de “alimentos pre-natales” a la legislación local

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