SEX BOUTIQUE

SEX BOUTIQUE

jueves, 19 de junio de 2014

SE LE PONEN “DIENTES” A LA LEY CONTRA EL BULLYING: ROBERTO DAVALOS



**Trae medidas  de sanción  para  quien cometa actos de acoso escolar

Mexicali.- Para el  personal  escolar  que incumpla con las disposiciones establecidas  en la iniciativa de ley para prevenir y erradicar el acoso escolar para el estado de Baja California o  conocida como “Ley contra el Bullying”, alcanzará suspensión en el ejercicio  de sus labores docentes o administrativas.

Lo anterior lo informó el diputado del   Roberto Dávalos Flores,  presidente de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales, quien explicó que estas suspensiones, alcanzan un periodo de hasta   por un año, sin goce de sueldo, y sin  ser computados  para efectos de antigüedad.

Esta iniciativa se enlistará   el próximo  jueves  para su aprobación  en la sesión del pleno que se llevará a cabo en el municipio de Playas de Rosarito  y contempla también la inhabilitación para desempeñarse  en cualquier cargo  del personal escolar  por un año  o más, o en forma definitiva  al personal docente y administrativo.

El presidente de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales, dijo que esta iniciativa  quedará enmarcada  en la Ley  Escolar del Estado de Baja California y entrara  en vigor  a los 30 días hábiles  siguientes  de su publicación  en el periódico Oficial del Estado.

En esta ley  corresponderá a la Secretaría de Educación Pública estatal y el protocolo  para la aplicación de esta ley  debe diseñarse  para que sea aplicado  en todos los centros escolares, incluyendo los de educación privada.

El artículo 30  de la mencionada ley, explicó el diputado perredista, contiene  las sanciones o medidas disciplinarias para los generadores de  acoso escolar en  las modalidades establecidas.

Entre ellas cese temporal de asistencia a clases, acompañado de las tareas que, de acuerdo al programa de estudio vigente, deba realizar  durante el tiempo  que determine el  Director escolar. Transferencia a otra escuela, cuando se dé la reincidencia.

También cuando la gravedad dela conducta  de acoso  escolar tenga consecuencias penales, se procederá   dando parte a la autoridad competente,  por mencionar algunas de las  medidas sancitivas que condensa esta ley,   dijo Dávalos Flores.

No hay comentarios:

Publicar un comentario